Canal de Denuncias
Tras la entrada en vigor de la Ley en la que se recoge dicha obligación es la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. existe la obligación de implantar un CANAL DE DENUNCIAS efectivo, en todas las empresas con 50 o más empleados, independientemente de la actividad que desarrollen o su volumen de facturación, así como Personas físicas o jurídicas con empresas de 50 o más personas empleadas, partidos políticos, sindicatos, patronales o fundaciones creadas por los mismos que reciban fondos públicos, así como Grupos de sociedades.
¿Qué es un canal de denuncia?
Un canal de denuncias es una herramienta que facilita la comunicación de irregularidades dentro de una organización, proporcionando un medio seguro y confidencial para que el personal empleado, clientes, proveedores y otros grupos de interés puedan denunciar comportamientos potencialmente inapropiados o ilegales.
¿Cuándo termina el plazo a implantar el Canal de Denuncia?
El plazo para la implantación de dicho CANAL DE DENUNCIA, finaliza el próximo día 1 de diciembre de 2023, por lo que, a partir de la fecha, todas las entidades obligadas a implantar dicho canal y no lo implanten, están expuestas a sanciones.
¿Quién puede poner la denuncia?
Personal / empleado.
– Clientes.
– Proveedores y acreedores.
– Otros grupos relacionados con la entidad.
¿A que sanción me enfrento si no implanto el CANAL DE DENUNCIA?
La Ley contempla sanciones de hasta un millón de euros para las empresas.
Las multas podrán oscilar:
Desde 1.001 a 300.000 euros si se trata de personas físicas.
Desde 10.001 a 1.000.000 de euros en el caso de las jurídicas.