Canal de Denuncias

Tras la entrada en vigor de la Ley en la que se recoge dicha obligación es la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. existe la obligación de implantar un CANAL DE DENUNCIAS efectivo, en todas las empresas con 50 o más empleados, independientemente de la actividad que desarrollen o su volumen de facturación, así como Personas físicas o jurídicas con empresas de 50 o más personas empleadas, partidos políticos, sindicatos, patronales o fundaciones creadas por los mismos que reciban fondos públicos, así como Grupos de sociedades.

  • ¿Qué es un canal de denuncia?

    Un canal de denuncias es una herramienta que facilita la comunicación de irregularidades dentro de una organización, proporcionando un medio seguro y confidencial para que el personal empleado, clientes, proveedores y otros grupos de interés puedan denunciar comportamientos potencialmente inapropiados o ilegales.

  • ¿Cuándo termina el plazo a implantar el Canal de Denuncia?

    El plazo para la implantación de dicho CANAL DE DENUNCIA, finaliza el próximo día 1 de diciembre de 2023, por lo que, a partir de la fecha, todas las entidades obligadas a implantar dicho canal y no lo implanten, están expuestas a sanciones.

  • ¿Quién puede poner la denuncia?

    Personal / empleado.

    – Clientes.

    – Proveedores y acreedores.

    – Otros grupos relacionados con la entidad.

  • ¿A que sanción me enfrento si no implanto el CANAL DE DENUNCIA?

    La Ley contempla sanciones de hasta un millón de euros para las empresas.

    Las multas podrán oscilar:

    Desde 1.001 a 300.000 euros si se trata de personas físicas.

    Desde 10.001 a 1.000.000 de euros en el caso de las jurídicas.