El RGPD mantiene el principio de que todo tratamiento de datos necesita apoyarse en una base que lo legitime. Hay que destacar que en ese sentido el RGPD no implica cambios para los responsables del tratamiento de datos, pues también recoge las mismas bases jurídicas que contenía la Directiva que éste deroga y que reproduce la actual LOPDYGDD, a saber:

  • Consentimiento.
  • Relación contractual.
  • Intereses vitales del interesado o de otras personas.
  • Cumplimiento de una obligación legal para el responsable.
  • Interés público o ejercicio de poderes públicos.
  • Intereses legítimos prevalentes del responsable o de terceros a los que se comunican los datos.
  • Aumento en los derechos del interesado: derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de los datos, la limitación u oposición a su tratamiento y a retirar el consentimiento prestado.